lunes, 16 de febrero de 2015

Informática Jurídica y Documental

República Bolivariana de Venezuela
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas 
Universidad de Carabobo
Valencia – Estado Carabobo



 Informática Jurídica y Documental








Profesor/a:                                                                     Integrantes:
Linares Yajaira.                                                               Alfaro Rossmery.
                                                                                       Lozada Yoengrid.
                                                                                       Páez Yennifer.
                                                                                       Pérez Roxana.
                                                                                       Rada Zayrek.
                                                                                      1er Año Sección 13

Noviembre 2014.







Introducción

La cibernética juega un papel bastante importante en estas relaciones. Por cuanto sabemos que la cibernética es la ciencia de las ciencias, y surge como necesidad de obtener una ciencia general que estudie y trate la relación de las demás ciencias.
De esta manera, tenemos a la ciencia informática y por otro lado a la ciencia del derecho; ambas disciplinas interrelacionadas funcionan más eficiente y eficazmente, por cuanto el derecho en su aplicación, es ayudado por la informática; pero resulta que ésta debe de estar estructurada por ciertas reglas y criterios que aseguren el cumplimiento y respeto de las pautas informáticas; así pues, nace el derecho informático como una ciencia que surge a raíz de la cibernética, como una ciencia que trata la relación derecho e informática desde el punto de vista del conjunto de normas, doctrina y jurisprudencia, que van a establecer, regular las acciones, procesos, aplicaciones, relaciones jurídicas, en su complejidad, de la informática. Pero del otro lado encontramos a la informática jurídica que ayudada por el derecho informático hace válida esa cooperación de la informática al derecho.
En cuanto a la informática documental, consiste en la aplicación de técnicas informáticas  a la documentación jurídica  en los aspectos de análisis, archivo y recuperación de información contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier documento jurídica de gran importancia para el derecho. Recogiendo principalmente documento de tipo visual, auditivo, o audiovisual.




INFORMÁTICA JURÍDICA

La Informática jurídica consiste en  una ciencia que forma parte de la Informática, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento lógico y automático de la información legal. Es una ciencia que estudia la utilización de  los recursos informáticos (Hardware y Software) para la mejora de los procesos, análisis, investigación y gestión en el ámbito jurídico.
No es una rama del derecho. Su temática es fundamentalmente tecnológica y carece de  contenido jurídico.
La informática jurídica consiste en el uso de software y hardware informático  como instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser máquinas que sólo facilitan el procesamiento de números a ser máquinas que posibilitan el almacenamiento y manipulación de textos.

NOCIONES Y CONCEPTO:

Ø  Informática Jurídica—Técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el estudio e investigación de los conocimientos e la informática general, aplicable a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentos de análisis y tratamiento de información jurídica necesarios para lograr dicha recuperación.
Ø  La interrelación Informática—Derecho ha dado lugar a numerosas denominaciones, entre las que destacan, por mencionar sólo algunas de ellas, las siguientes:
·         La primera denominación que se le dio fue el término dejurimetrics (en español jurimetría), creado por el juez estadounidense Lee Loevinger en 1949.
·         La segunda fue la Iuscibernetica (en español juscibernética), de Mario G. Losano, quien en su libro Iuscibernética sostiene que la cibernética aplicada al Derecho no sólo ayuda a la depuración cuantitativa de éste, sino también a la cualitativa.
Sin embargo, el más conveniente, en términos prácticos, es sin duda alguna el concepto de Informática Jurídica creado por los franceses (infomatique juridique). En el año de 1968 y después de estudiar un poco los fenómenos científicos que representaba la utilización de la computadora en el campo del derecho, Mario Losano propuso sustituir el término de “jurimetría” por el de “juscibernética”, y ante tal cambio, abandonar el esquema de la jurimetría y subdividir a la juscibernética en cuatro sectores correspondientes a cuatro modos distintos de acercarse a las relaciones entre derecho y cibernética.
a) El primer modo o aproximación corresponde al ámbito e la filosofía social y consiste en considerar el Derecho como un subsistema respecto al sistema social.
b) La segunda aproximación consiste en identificar el derecho como un verdadero sistema que tiene vida autónoma […] Así considerado aislado del resto de la sociedad, es interpretado como un sistema cibernético con retroacción.
c) La tercera aproximación juscibernética llevó a Losano a un sector ya manejado por la jurimetría e Loevinger, esto es, la aplicación de la lógica y de otras técnicas de formalización al derecho, con el fin de llegar a un uso concreto de la computadora.
Lo que se pretende con esta aplicación verdadera en el estudio y realización de la informática jurídica es la construcción lógica formal del derecho, atendiendo a su propio lenguaje e interrelacionándolo con el lenguaje natural y con el informático mediante lo que se denomina “ingeniería jurídica—informática”
d) La cuarta aproximación se refiere al uso de la computadora en el campo del derecho; es decir, a la adquisición de las técnicas necesarias para poderlo usar en el sector jurídico.
Las dos primeras aproximaciones constituyen lo que Losano calificó como “modelística jurídica” […] a los dos últimos modos o aproximaciones, este autor los calificó de “informática jurídica”; es decir, las técnicas a las que se recurren para permitir memorizar las informaciones jurídicas y recuperarlas mediante la utilización de la computadora. Para efectuar trabajos en materia de informática jurídica, es necesario hacernos de ciertas herramientas para conseguir tal objetivo. Es importante determinar que una de estas herramientas importantes es la referente al trabajo e estructuración de la información jurídica.

ANTECEDENTES DE LA INFORMÁTICA:

Si se tuviera que señalar una fecha precisa para el nacimiento de esta disciplina, tendríamos que decir que fue en el año de 1949.
Posteriormente, en el año de 1963, Hans Baade edita la obra jurimetrics: la investigación jurídica metodológica, en la que específica que para el desarrollo de esta materia se debían aplicar tres tipos distintos de investigación:
·         En primer lugar, aplicar modelos lógicos a normas jurídicas establecidas según los criterios tradicionales;
·         En segundo, aplicar el ordenador o computadora a la actividad jurídica, y
·         En tercero, llegar a proveer futuras sentencias de los jueces

ORIGEN Y EVOLUCIÓN

La informática constituye un fenómeno-ciencia, que ha logrado penetrar en todos los ámbitos o áreas del conocimiento humano; y siendo el Derecho una ciencia, por cuanto constituye un área del saber humano, se refleja en un conjunto de conocimientos, pues, no cae en la excepción de ser tratada por la Informática, dando lugar en términos instrumentales a la informática jurídica, que es una ciencia que forma parte de la Informática, que al ser aplicada sobre el derecho, busca el tratamiento lógico y automático de la información legal.
La informática jurídica ha sufrido una serie de variaciones a lo largo de la evolución de la propia Informática, pero su nacimiento es demarcado en el año 1959 en los Estados Unidos. Tuvo su comienzo cuando en la década de los 50 se desarrolla las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores, ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se pudiera tener acceso a la información legal de manera automatizada.
Para el año 1959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó los ordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado donde nace la recopilación legal informática, que fue demostrada al año siguiente, es decir, en 1960, ante la Asociación Americana de Abogados, en su reunión anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.. A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el mencionado sistema legal automatizado, y posteriormente lo explotó comercialmente. Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país fueron tomando cabida. En 1966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema, y para 1968, cincuenta Estados de ese mismo país lo acogieron.
·         Otro logro
Otro logro para el desarrollo de la informática jurídica, se puede conseguir también en el Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se llamó Lite, hoy llamado Flite, que consiste en la información legal Federal a través de computadoras, desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea Norteamericana en el año 1969. La década de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas. Además de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite), surgen otros sistemas como por ejemplo:
En 1964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos.

En 1967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de la Barra de Ohio, desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en 1970 por Mead Data Central, que explotó comercialmente en 1973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR.
Por otro lado, la IBM fue expandiéndose en el área de recuperación de documentos, al punto de que en Washington, D.C., se empezó a utilizar el sistema de procesamientos de documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM desarrolló otro sistema llamado STAIRS, que fue acogido por otros Estados de Estados Unidos.
·         Como ciencia
Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el Derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del Derecho. En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la Informática en el Derecho, descubriendo así las técnicas y conocimientos para la investigación y desarrollo de los conocimientos de la Informática para la expansión del Derecho, a través de la recuperación jurídica, como también la elaboración de material lingüístico legal, instrumentos de análisis, y en general, el tratamiento de la información jurídica.
·         Fuente del Derecho
La informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etc, y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente. Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del Derecho.
·         Como disciplina
La Informática jurídica, como disciplina dentro de la Iuscibernética -que constituye el marco mediato entre la relación Derecho e Informática, y que la misma forma parte de la cibernética como ciencia general-, han hecho posible el desarrollo de ciencias que al mezclarse posibilitan un mejor desarrollo y tratamiento de la comunicación de las mismas, como se refleja en esta relación entre el Derecho e Informática de las cuales se desprenden ciertas disciplinas como lo son: la Informática Jurídica, el Derecho informático, la Jurimetría, Modelística Jurídica, entre otras

ACLARACIÓN CONCEPTUAL:

La relación entre derecho e informática tiene dos líneas de investigación: los aspectos normativos del uso de la informática, desarrollados bajo el derecho de la informática, y la aplicación de la informática en el tratamiento de la información jurídica, conocida como informática jurídica.
Al respecto, Marcelo Bauza señala que el punto de partida deriva de la constatación de un fenómeno: el razonamiento jurídico, el cual no constituye una operación aislada, sino que se integra dentro de un proceso compuesto de varias etapas.

Sin profundizar en el estudio de la lógica del raciocinio jurídico, se ha señalado que el origen de la informática jurídica, parte de un sistema lógico—interpretativo del mismo, ya que al respecto se ha determinado que la lógica del derecho es el estudio sistemático de la estructura de las normas, los conceptos, y los razonamientos jurídicos… esto es porque aluden siempre al orden del ser, y aseveran que a tal o cual objeto conviene o no, tal o cual determinación.
El discurso jurídico está basado en un sistema normativo, que parte de proposiciones lógicas en cuanto al ser y al deber ser, y de la combinación en una cierta estructura surge el ordenamiento jurídico, que constituye el objeto mismo de la ciencia del derecho.
Por tanto, podemos decir que el desarrollo de la informática jurídica parte del establecimiento de un sistema cuyos elementos están íntimamente ligados con el fin de crear, a su vez, otros sistemas organizativos y estructurales de la información jurídica. De esto debe partir precisamente la informática jurídica.
Sin embargo, es necesario determinar que la informática jurídica analiza, reestructura, amplía y formaliza términos cibernéticos—informáticos al propio derecho.

LAS BASES DE DATOS JURÍDICOS

Las bases de datos jurídicas intentan compendiar la normativa que emana de las distintas administraciones. Son un instrumento de búsqueda que facilita el acceso a la información.


Con la aparición de Internet y de las conexiones de alta velocidad disponibles al público, Internet ha alterado de manera significativa la manera de trabajar de algunas personas al poder hacerlo desde sus respectivos hogares. Internet ha permitido a estas personas mayor flexibilidad en términos de horarios y de localización, contrariamente a la jornada laboral tradicional, que suele ocupar la mañana y parte de la tarde, en la cual los empleados se desplazan al lugar de trabajo.

TIPOS DE BASES DE DATOS JURIDICOS

1.     Bases de datos legislativas: Es aquella que se basa en la sistematización de la fuente escrita del derecho más importante, por cuanto es la norma misma, es decir, la ley.
2.    Bases de datos doctrinales: Lo que se conoce como doctrina, ha sido objeto de sistematización, sin desconocer que la opinión de los tratadistas no resulta vinculante para los tribunales, pero es innegable la influencia trascendental que tales opiniones merecen.
3.    Bases de datos jurisprudenciales: En la que se refleja el criterio de nuestro máximo tribunal (TSJ), para así poder aplicar la norma a la solución de los conflictos sometidos a su resolución. Contiene resoluciones de todos los tribunales y un análisis de cada una de ellas

IMPORTANCIA DE LAS BASES DE DATOS JURÍDICOS

Cada día se han vuelto de mayor importancia las bases de datos sistematizadas. Recordemos que a lo largo de las diferentes fases de la historia de la humanidad, nos hemos visto siempre en necesidad de guardar, conservar, archivar cifras, nombres, mapas, planos, estadísticas y todo tipo de datos curiosos y siempre útiles para las ciencias y otras actividades del hombre. La historia misma requiere de auto-conservarse en algún tipo de registro.

Partimos, en el principio, confiando en la memoria misma del hombre, pasamos por inscripciones en las paredes, grandes bibliotecas, hemerotecas, fototecas, más recientemente videotecas y, hoy por hoy, hemos llegado a los registros magnéticos. A las bases de datos computarizadas que nos permiten conservar en espacio, ridículamente pequeños, cantidades de información que en una biblioteca ocuparía un número inmenso de anaqueles y todas las paredes.

La ciencia del derecho es una de las que más requiere del archivo. En todos los sistemas jurídicos se genera gran cantidad de datos que requieren de ser conservados de manera que permitan su recuperación inmediata y eficaz de un momento a otro. Quizás sea esta la más importante justificación para la creación de bases de datos jurídicos.
En particular en nuestro sistema judicial de derecho escrito, la cantidad de palabras que se tiene que almacenar a lo largo de los años, rebasa la capacidad del mejor bibliotecario. Hasta hoy, no existe un sistema eficiente de archivos, dentro del sistema de justicia venezolana, que permita el registro y catalogo de información generada del cuerpo legislativo y de aplicación de justicia, para ser usado después para fines más útiles

Poco a poco, la inercia natural del avance de la informática sobre todas las áreas del conocer y la práctica le ha permitido filtrarse al ámbito jurídico. Lo podemos notar en el uso generalizado de computadoras en los juzgados, aun cuando solo se les explote en cuanto a procesadores de texto.
No son pasos cortos, ni menospreciables, pero si desorganizados y azarosos. Los anacrónicos sistemas, que coexisten con los avanzados sistemas de cómputo, son insuficientes para el manejo eficaz de la información. Se hace patente, pues, la urgencia de modernizar todo el aparato publico dedicado al archivo y difusión de informática jurídica, de manera ordenada, para que tenga mayor circulación y este más al alcance de ciudadano. Para ello será indispensable la sistematización de archivos y procedimientos judiciales.

DIFERENCIAS DEL DERECHO INFORMÁTICO CON LA INFORMÁTICA JURÍDICA

Derecho Informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos. Es una rama del derecho especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. “El Derecho Informático es la aplicación del derecho a la informática permitiendo que se adopten o creen soluciones jurídicas a los problemas que surgen en torno al fenómeno informático” (Núñez Ponce, Julio: 1996: 22). Esta nueva disciplina jurídica tiene método e instituciones propias que surgen de un fenómeno que tiene implicancias globales y que por tanto permite tener bases doctrinales y principios similares con las peculiaridades propias de cada ordenamiento jurídico.
La informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (informática jurídica documental); las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en el proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión).
El Derecho Informático es el sector normativo de los sistemas, dirigido a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, es decir, la informática y la telemática. Asimismo integran el Derecho Informático las proposiciones normativas, es decir, los razonamientos de los teóricos del Derecho que tienen por objeto analizar, interpretar, exponer, sistematizar o criticar el sector normativo que disciplina la informática y la telemática. Las fuentes y estructura temática del Derecho Informático afectan las ramas del Derecho Tradicionales.
Asimismo se inscriben en el ámbito del Derecho Público: El problema de la regulación del flujo internacional de datos informatizados, que interesa al derecho internacional público; la Libertad Informática, o defensa de las libertades frente a eventuales agresiones perpetradas por las tecnologías de la información y la comunicación, objeto de especial atención por parte del Derecho Constitucional y Administrativo; o los delitos informáticos, que tienden a configurar un ámbito propio en el Derecho Penal Actual. 
Mientras que inciden directamente en el Ámbito del Derecho Privado cuestiones, tales como: Los contratos informáticos, que pueden afectar lo mismo al hardware que al software, dando lugar a una rica tipología de los negocios en la que pueden distinguirse contratos de compraventa, alquiler, leasing, copropiedad, multicontratos de compraventa, mantenimiento y servicios; como los distintos sistemas para la protección jurídica de los objetos tradicionales de los Derechos Civiles y Mercantiles.
Ese mismo carácter Interdisciplinario o "espíritu transversal", que distingue al derecho informático, ha suscitado un debate teórico sobre: si se trata de un sector de normas dispersas pertenecientes a diferentes disciplinas jurídicas o constituye un conjunto unitario de normas (fuentes), dirigidas a regular un objeto bien delimitado, que se enfoca desde una metodología propia, en cuyo supuesto entraría una disciplina jurídica autónoma.
Ahora bien, con los avances tecnológicos que se han dado en la actualidad, como es el caso de los instrumentos digitales, que nos permiten accezar a la información de una manera rápida y sencilla, se nos abren puertas para mezclar estos dos instrumentos y expandir de modo más simple esa información. 
El problema surge en el momento que los derechos de los creadores de las obras se ven violentados, debido a que con las nuevas tecnologías facilitan la transmisión de dichas obras sin el consentimiento del autor, y en muchas ocasiones con un afán de lucro, lo cual afecta el derecho patrimonial del autor, de los herederos y de los adquirentes por cualquier título.

LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL.

la informática jurídica meta-documental, a través de la utilización de sistemas basados en inteligencia artificial, dando como resultado la creación de expertos legales artificiales, que son utilizados no solo a nivel académico sino profesional.

Es de las formas más atrayentes de la Juscibernética, y se orienta al apoyo de algunos campos concretos como la investigación, la educación y la aplicación del derecho casuístico, todo ello con ayuda de la llamada “inteligencia artificial”.

Adaptarse a la tecnología no siempre es alienarse. La alienación se produce cuando ella nos es impuesta, no cuando la asumimos consciente y deliberadamente: Que es la conducta a que está hoy convocada la inteligencia.

            La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática jurídica; radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg.

Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los métodos tradicionales de búsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.

Específicamente en el aspecto jurídico se ha dado un gran desarrollo y publicación de textos referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carácter general para ser desarrollados específicamente, aumentando su cantidad especialmente en los últimos veinte años.
       
En estos sistemas de informática jurídica documentaria se busca la creación de bancos de datos jurídicos o llamado también corpus jurídico documentario; que se refiera  a cualquier fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relación entre el usuario y la computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que el usuario interrogue o enfoque palabras para que la computadora realice la función de búsqueda de las mismas.
Inicialmente, la función de la computadora a través de programas especiales estuvo muy limitada, debido a que se comenzó utilizándolas como almacenamiento y recuperación de la información. A medida de su evolución, se comenzó a instalar programas de búsqueda de documentos pertinentes.
         
Los primeros sistemas de interrogación de bancos jurídicos fueron los sistemas llamados Batch, los cuales permitían la búsqueda en los archivos de textos y palabras ordenadas alfabéticamente, indicando como respuesta la dirección, archivo o archivos específicos donde se pudiese obtener la información; posibilitando la consulta a través de la combinación de palabras para hacer la búsqueda más determinada, e inclusive excluir información específica de una general. A través de los sistemas Batch se puede escribir por ejemplo: Informática, y de esta manera muestra todos los documentos que traten este punto; pero si escribimos informática jurídica (combinación de dos palabras), la búsqueda se hace más específica y entonces, ya mostrará sólo los documentos que traten acerca de la informática jurídica. Pero, si resulta que el lector desea información general de informática jurídica, pero no le interesa nada acerca de la jurimetría, pues tipea: informática jurídica jurimetría (no), para que el programa de búsqueda excluya toda la información referida a la jurimetría más no a la informática jurídica en general.

De estos sistemas Batch se pasó a los online, a través de los cuales con Internet, no sólo se logran los propósitos de  los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios interactivos, multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la inteligencia artificial, específicamente los expertos artificiales y por consiguiente los expertos legales artificiales.

         Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatización en un sistema documentario jurídico trata acerca del desenvolvimiento, búsqueda y adquisición de manera rápida y pertinente la información que previamente ha sido almacenada. Estas informaciones almacenadas son las que constituyen el banco de datos, corpus o corpus jurídico.

BENEFICIOS GENERALES

·         Almacenamiento de la información legal.

  • Entrada de documentos legales tales como leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina, entre otros.

  • Búsqueda de documentos a través de combinación de palabras, como se explicó en el primer punto de este tema.


MÉTODOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS DOCUMENTARIOS

            Los métodos de datos documentarios surgen a raíz del estilo jurídico, en el sentido de que en el aspecto legal las palabras que integran a los documentos jurídicos no pueden ser consideradas como unidades fundamentales, con un sentido cada una de ellas, lo que trae como consecuencia que cada documento esté caracterizado de manera única por las palabras utilizadas.
Ø  Método del Texto Integral o Full Text: Consiste en la introducción en la memoria de la computadora, de textos íntegros, lo que trae como consecuencia la onerosidad, resultado de la gran cantidad de memoria utilizada. Además, es muy factible la adquisición de información distinta de la que es requerida.
Ø  Método de Indización o Key Word: Este método implica el estudio o análisis previo del documento, con la finalidad de extraer los conceptos, circunstancias y en sí las características fundamentales.
El mencionado método también se hace oneroso por la necesidad de tener un personal calificado, pero trae como consecuencia positiva que la información requerida por los usuarios evite la extensa información no requerida.


PROBLEMAS A NIVEL GRAMATICAL

La sintaxis jurídica presenta dificultades a nivel gramatical, que constituyen serios problemas lingüísticos para la recuperación de información jurídica y que se puede agrupar en las siguientes manifestaciones:
Ø  Sinonimias. Se da cuando una idea se puede expresar con dos o más palabras diferentes, por ejemplo, cementerio - panteón - camposanto. Este fenómeno constituye un problema respecto a la recuperación de datos, debido a que si se solicita información por la primera palabra y la computadora no nos provee los documentos que contienen también la segunda o tercera, entonces la Información es parcial, y el problema a resolver es el del silencio informático.
Ø  Polisemias u homografías. Este fenómeno se presenta cuando una palabra tiene dos o más sentidos dependiendo en el contexto que se use. Las polisemias constituyen un problema para efectos de recuperación, ya que si se consulta por una palabra nos dará todos los soportes derivados en que se encuentre tal término, independientemente de la acepción que en él se emplee. En este caso el problema que debe resolverse es el del ruido informático.
Ø  Analogías. Encontramos este problema cuando dos o más palabras, provenientes de diferente raíz, se refieren a ideas parecidas, por ejemplo, mora - retardo. Este fenómeno constituye un problema, ya que es posible que la información requerida quede incompleta si no se relaciona la palabra por la que se consulta con sus análogos, y el problema que debe resolverse es el silencio informático.
Ø  Antonimias. Se da entre una palabra y otra con sentido opuesto, por ejemplo, constitucional - inconstitucional. Es importante para la recuperación de datos, debido a que una palabra precedida o seguida de una negación es sinónimo del sintagma autónomo que sin dicha negación sería su antónimo, por ejemplo, no constitucional - inconstitucional. De esta manera, a alguien que solicita información por la palabra inconstitucional también le interesa recuperar aquella en la que se alude a no constitucional. El problema a que da lugar la antonimia es el silencio informático.
Ø  Formas sintácticas. Consisten en la manera en que una misma idea se puede expresar a través de diversas relaciones sintagmáticas, por ejemplo, creación de una empresa - una empresa se creó - una empresa será creada - una empresa creada - una empresa se creará.
Ø  Orden de términos. En el caso de modificación del orden de los términos, podemos encontrar un cambio en el sentido, por ejemplo, acción de enriquecimiento ilegítimo - ilegítima acción de enriquecimiento - ilegítimo enriquecimiento en la acción. Esto conlleva a problemas de ruido informático.


INSTRUMENTOS LINGÜÍSTICOS

Para resolver los problemas lingüísticos anteriormente mencionados, existen dos instrumentos fundamentales:
Ø  Léxico. Es la organización de las palabras por nociones y subnociones bajo un criterio morfológico semántico con el fin de resolver problemas de homografía o polisemia.
Ø  Thesaurus. Básicamente es un léxico jerarquizado que comprende una red de interconexiones, exclusiones, discriminaciones y proximidades semánticas en listas de sustitutivos contrarios, términos vecinos, genéricos, etc. Permite resolver problemas de analogías, antonimias y polisemias.

PRINCIPALES SISTEMAS EN OPERACIÓN

Existen en el mundo varios sistemas en operación a nivel de informática jurídica documentaria, algunos de ellos son:
Ø  LEXIS de la compañía Mead Data Central (Estados Unidos). Entró en funciones desde 1973 y se caracteriza por tener el banco de datos jurídicos más grande en el mundo con casi treinta billones de caracteres cargados y con una entrada anual den memoria de alrededor de 35000 sentencias estructuradas en texto integral. Actualmente opera en EE. UU., Inglaterra y Francia, donde se han almacenado las resoluciones del Consejo de Estado.
Ø  AUTO-CITE de la Lawyer's Cooperative Publishing Company (Estados Unidos). Desde 1970 brinda a los abogados norteamericanos la posibilidad de obtener en forma automática las citas de jurisprudencia, reconstruidas históricamente de un archivo automatizado que contiene más de cuatro millones de referencias.
Ø  ITALGIRE FIND de la Suprema Corte de Casación de Italia. Este sistema cuenta con casi cuatro billones de caracteres almacenados en 24 archivos en materia legislativa, jurisprudencial y doctrinaria.
Ø  CELEX de la Comunidad Económica Europea con sede en Bruselas, Bélgica. Contiene el Derecho Comunitario, tratados, acuerdos, jurisprudencia de la Corte de Justicia y decisiones del Parlamento Europeo, en una serie de archivos consultables en los idiomas oficiales de dicha comunidad.
Ø  CREDOC de la Federación Real de Abogados y Notarios (Bélgica). Que funciona desde 1969 (el más antiguo de Europa) con una vasta red de datos de interés jurídico y un thesaurus bilingüe (francés y flamenco).
Ø  UNAM-JURE del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (México). Con un banco de datos en materia legislativa a nivel federal, estatal y municipal, así como el sistema VALLARTA en materia jurisprudencial.


INFORMÁTICA JURÍDICA APLICADA EN VENEZUELA

La Revolución que ha experimentado en el campo de la computación y telecomunicaciones en los últimos años, ha impactado de alguna manera en diversos sectores o ámbitos de la sociedad, como en lo político, social y especialmente en el campo jurídico en cuanto a la administración de justicia.
En Venezuela, urgía de un nuevo mecanismo para mejorar la calidad de nuestro sistema judicial, donde la administración de justicia podría actuar de una forma más expedita, eficiente, además de agilizar asuntos de carácter jurídico-administrativos, sin muchos contratiempos, siempre buscando evitar engorrosos trabajos que de alguna manera retrasaban las actividades propias de la administración de justicia.
Tomando en cuenta esta problemática y su posible solución por medios tecnológicos, nace como producto del Convenio de Cooperación 3521-VE entre el Consejo de la Judicatura (ahora Dirección Ejecutiva de la Magistratura) y el Banco Mundial, el nuevo Modelo Organizacional y Sistema Integral de Gestión, Decisión y Documentación JURIS 2000.
Hoy día es posible hablar acerca de la Administración de Justicia automatizada, por lo menos en las tareas administrativas que se desarrollan en las dependencias judiciales. Claro está que, gracias a este sistema se optimizan las labores de los Tribunales, permitiendo impartir una justicia rápida y eficaz.
Un hecho de gran importancia donde se refleja el avance de la Informática Jurídica en Venezuela, estaría representado por el Modelo Organizacional y Sistema Integral de Gestión, Decisión y Documentación, conocido también como JURIS 2000.
Este gran avance nos permite hoy en día el poder hablar acerca de la Administración de Justicia automatizada, que sin duda alguna optimizará las labores de los Órganos Jurisdiccionales, permitiendo por lo menos en teoría impartir una justicia rápida y eficaz.
El Juris 2000 nos permite entre muchas funciones, cubrir todo lo relativo a la gestión, decisión y documentación de casos civiles, penales, laborales, etc. Igualmente permite brindar una mejor atención al público a través de su unidad OAP (Oficina de Atención al Público), gestiona todo lo relativo a la recepción, archivo y distribución de casos a través de la URDD (Unidad de Recepción y Distribución de Documentos).
Esta modernización tecno-jurídica formaría parte de la Informática Jurídica de Gestión y Control.












Conclusión

La informática jurídica es un  aspecto fundamental dentro del derecho ya que permite realizar las investigaciones y seguimientos de los procesos de una manera más abreviada, eficiente y eficaz dando resultados más certeros, y confiables que los realizados por lo investigadores.
Esta materia mezcla dos aspectos bien importantes dentro de sus aplicaciones que son los recursos humanos y la tecnología por lo que genera grandes mejoras en el seguimiento de las reformas de las leyes por ejemplo, o de los proyectos de las mismas generando archivos de los avances de las mismas, de sus mejoras o reformas, de los desacuerdos que hay de esta, a quienes beneficia si es constitucional o inconstitucional, ventajas en el manejo de la información de un ente del Estado.
La informática jurídica es importante para los estudiosos del derecho porque se encarga de estudiar el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (informática jurídica documental); las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en el proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión). 

Fuentes Bibliográficas








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